Definición
El concepto de modernidad reflexiva fue formulado de manera paralela y complementaria por Anthony Giddens en The Consequences of Modernity (1990) y en Modernity and Self-Identity (1991), y por Ulrich Beck en La sociedad del riesgo. Hacia una nueva modernidad (1986), tomando cuerpo definitivo en el volumen colectivo Reflexive Modernization (1994) escrito junto con Scott Lash. La tesis sostiene que la modernidad occidental ha atravesado un umbral cualitativo tras el cual sus propios procesos, instituciones y saberes se ven obligados a tomarse a sí mismos como objeto de análisis, evaluación y reforma constante. En la primera modernidad, industrial y clásica, el conocimiento científico y la organización burocrática se aplicaban sobre un mundo natural y social relativamente estable, prometiendo control racional y progreso acumulativo; en la segunda modernidad, o modernidad reflexiva, las consecuencias no queridas de esa modernización —los riesgos ecológicos globales, la individualización de las biografías, la globalización financiera, la disolución de las identidades tradicionales— se han vuelto tan omnipresentes que exigen una reflexividad institucional permanente, es decir, un monitoreo continuo del propio funcionamiento del sistema. Para Giddens, esta reflexividad no es filosófica sino sociológica y práctica: hospitales, universidades, medios de comunicación, cuerpos personales y relaciones íntimas se organizan según información experta que retorna sobre los sujetos y modifica sus prácticas en un ciclo abierto. Beck acentúa la dimensión política: los riesgos manufacturados por la primera modernidad —contaminación química, radiación nuclear, cambio climático— desbordan las categorías del Estado-nación y de la lucha de clases, y exigen nuevas formas de subpolítica emergentes desde la sociedad civil global. La categoría dialoga críticamente con Bauman, Habermas y Luhmann.